Una fecha que celebra la generosidad, la solidaridad y el valor comunitario de ofrecer nuestro cuerpo para salvar una vida.

(Foto: composición propia).
Cada 30 de mayo, desde 1997, se celebra en nuestro país el Día Nacional de la Donación de Órganos y Tejidos. La fecha fue establecida por el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI) para recordar el nacimiento del hijo de la primera paciente que dio a luz después de haber recibido un trasplante hepático en un hospital público de nuestro país. Representa una ocasión para reflexionar sobre la posibilidad de vivir y dar vida después de un trasplante.
Esta fecha es una oportunidad para generar conciencia sobre el valor de la donación de órganos y tejidos para trasplantes, y para reflexionar sobre su importancia. Cada trasplante que se realiza en el país es posible gracias a la participación de la sociedad, representada en el acto de donar; a la intervención de los establecimientos hospitalarios, y a los organismos provinciales pertenecientes al sistema sanitario argentino.
Cada año se realizan más de 100.000 trasplantes de órganos en el mundo y se estima que más de 250.000 personas se encuentran en lista de espera. En nuestro país se llevan hoy a cabo actividades con el fin de promover y promocionar la donación de órganos como un acto altruista, solidario y desinteresado.
Este Día Nacional combina dos historias sobre la oportunidad de dar vida. La de la primera mujer que se convirtió en mamá luego de haber recibido un trasplante, y también la de su donante.
En Argentina, durante 2024, se realizaron 4.263 trasplantes de órganos y córneas. Estos incluyeron 2.156 trasplantes de órganos y 2.107 trasplantes de córneas. Además, se realizaron 1.307 trasplantes de médula ósea, de los cuales 308 fueron en pacientes pediátricos.
En Argentina, la principal ley que regula la donación de órganos es la Ley N° 24.193, también conocida como Ley Justina. Esta ley establece el sistema de donación presunta, donde se presume que toda persona mayor de 18 años es donante, a menos que haya manifestado explícitamente su oposición.
El sistema de donación presunta implica:
• Presunción de donación: se considera que todos los mayores de 18 años son donantes, a menos que hayan expresado su oposición.
• Posibilidad de manifestar la voluntad: las personas pueden expresar su voluntad de ser o no donantes de forma escrita en el DNI o en actas del INCUCAI.
• Respeto a la voluntad expresada: se respeta la voluntad del individuo, tanto si es a favor como en contra de la donación, independientemente de cómo la haya expresado.
• Reversibilidad: la persona puede cambiar de opinión y revocar su voluntad en cualquier momento.
• Información a la familia: en caso de no haber manifestación expresa, se solicita a la familia la opinión del fallecido sobre la donación.
Otros aspectos relevantes de la ley:
• Trasplantes permitidos: la ley permite el trasplante de órganos y tejidos de personas fallecidas y también de personas vivas en ciertos casos.
• Prohibiciones: queda prohibida la venta o comercialización de órganos y tejidos.
• Gratuidad: la donación de órganos y tejidos es un acto altruista y gratuito.
• Confidencialidad: se debe proteger la identidad de los donantes y receptores.
(Fuente: varios / redacción propia)